El titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, dictaminó que las personas a las que se les dictó la prisión preventiva por delitos de competencia federal y, que se encuentran alojadas en dependencias de las policías provinciales, sean trasladadas a establecimientos del Servicio Penitenciario Federal.
El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió así en el marco
de los planteos presentados ante el Juzgado Federal N°2 de Santiago del Estero, por la defensa de tres personas sometidas a
proceso por infracción a la ley 23.737, de estupefacientes, y aquel presentado
ante la justicia tucumana por la
defensa de un hombre imputado por los delitos de intermediación financiera no
autorizada, estafa, amenazas, lavado de activos, asociación ilícita -todos
ellos en carácter de coautor- y como autor de coacción.
Los dictámenes del fiscal fueron en línea con el fallo de la Sala I de la
Cámara Federal de Casación Penal del 27 de diciembre pasado y con la normativa
internacional en la materia.
En tal sentido, Gómez recordó que la Regla 11 de las “Reglas Mínimas
de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos – Reglas Nelson
Mandela” establece que las personas “pertenecientes a categorías
distintas deberán ser alojadas en establecimientos diferentes o en pabellones
diferentes dentro de un mismo establecimiento, según su sexo y edad, sus
antecedentes penales, los motivos de su detención y el trato que corresponda
aplicarles”.
Por ello, el fiscal general consideró -en el marco de las diversas
presentaciones que llegaron a su conocimiento- que cuando el delito por el que una persona fuera detenida con prisión preventiva
sea de competencia federal, la privación de su libertad debería llevarse a cabo
en una institución federal.
En ese orden de ideas, indicó que, en los casos en que se encuentren
alojadas en dependencias de las policías provinciales, deberán ser trasladados
a establecimientos que dependan del Servicio Penitenciario Federal, a fin de
asegurar “un respeto adecuado de los derechos fundamentales del detenido,
ofreciendo condiciones de detención más acordes con las normativas federales
aplicables”.
Habeas corpus
Por otra parte, la Cámara Federal de Tucumán -en línea con el dictamen del
fiscal Gómez- hizo lugar a la acción de habeas corpus interpuesta en febrero
pasado por la defensa de un hombre detenido en las instalaciones del Escuadrón
N°55 de la Gendarmería Nacional por infracción a la ley de estupefacientes. En
tal sentido, encomendó al juez que realice las diligencias necesarias para que
trasladen al hombre a una unidad del Servicio Penitenciario Federal o de la
provincia.
En su presentación, el denunciante indicó que se
encontraba “en mala situación de detención, puesto que comparte la celda con
cuatro personas (siendo que estaría habilitada para una sola), también que no
permitirían a sus familiares el ingreso de comida, que tendría muchos
obstáculos al momento de hacer o recibir llamadas, que le habrían sacado una
radio que poseía en el lugar y que la comida sería mala”. También manifestó que
cuando recibía visitas lo dejaban esposado.
Oportunamente, en la audiencia prevista en el artículo 14 de la ley 23.098,
del Procedimiento de Habeas Corpus, el representante de la Gendarmería Nacional
señaló que “en relación a las esposas, es una cuestión orgánica y de seguridad
de la unidad, respecto del agua a veces los familiares le dejan agua, la unidad
no cuenta con las comodidades” y agregó desconocer qué ocurrió con la radio,
aunque señaló que los reclusos contaban con “ciertas libertades, pero son
limitadas por espacio físico y medidas de seguridad”.
A su turno, el fiscal general Gómez opinó que debía revocarse la decisión
del Juzgado Federal N°2 de Tucumán, hacer lugar al planteo de la defensa y
disponer el traslado del interno a una Unidad Penal Federal, por aplicación de
la jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal y la normativa
internacional aplicable a la materia, dado que el hombre estaba detenido en una
causa de competencia federal.
Al resolver la
cuestión la Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar a la acción de habeas
corpus y encomendó al juez que realice las diligencias necesarias para que
trasladen al hombre a una unidad del Servicio Penitenciario Federal o
provincial.