El dirigente docente fue asesinado junto a
su hermano en la madrugada del 24 de marzo de 1976 durante un allanamiento en
el que también murió un agente policial. Para los representantes del MPF no
existen dudas de que los hechos del caso constituyen fusilamientos y no muertes
en el marco de un “enfrentamiento”, como presentaron las defensas y remarcaron
que el material probatorio demuestra que las muertes de los hermanos Arancibia
fueron producto de una violenta balacera. Foto:
El titular de la
Fiscalía Federal N° 1 de Tucumán, Carlos Brito, y el fiscal coordinador de la
Oficina Tucumán de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, Pablo
Camuña, solicitaron la elevación a juicio oral de la causa en la que se
investiga a tres expolicías provinciales y un exjuez federal por el asesinato
del gremialista docente Isauro Arancibia y su hermano Arturo René.
La acusación alcanza a Mario
Escalada, Jorge Ragonese y José Sánchez, tres agentes que
participaron del operativo en el que murieron las dos víctimas, a los que los
fiscales consideraron coautores de
"violación de domicilio y homicidio calificado", ambos en
concurso real con el delito de asociación ilícita.
Foto de Manlio Martínez: infojus
En el caso del exjuez federal Manilo Torcuato Martínez, el
requerimiento del MPF fue por "incumplimiento de los deberes a su cargo
como juez federal de Tucumán actuando con abuso de autoridad, prevaricato y
omisión de promover la persecución penal de los autores materiales de los
homicidios, materializando así su participación secundaria en el homicidio
doblemente agravado de los hermanos Arancibia y la violación del domicilio".
Los hechos
De acuerdo a la reconstrucción de los hechos, en la madrugada del 24 de
marzo de 1976 los hermanos lsauro y Arturo René Arancibia arribaron a su
domicilio de calle Congreso 295 de San Miguel de Tucumán, lugar de residencia
del primero de ellos, y donde también funcionaba la sede de la Agremiación
Tucumana de Educadores Provinciales (ATEP), de la cual eran dirigentes
sindicales. A los pocos minutos de entrar al inmueble, llegaron al lugar tres
móviles de la Brigada de Investigaciones de la policía provincial, cuyos
integrantes se encargaron de derribar la puerta para ingresar al local de ATEP.
Inmediatamente, se escuchó un fuerte tiroteo que duró escasos minutos y que
culminó con el asesinato de los dos hermanos Arancibia, quienes presentaban
numerosos impactos de bala. También murió en esa ocasión el policía provincial
y miembro de la Brigada de Investigaciones Sergio Oscar Fagioli y resultó
herido el policía Antonio Armando Peralta.
De esa comitiva policial participaron los imputados Escalada, Ragonese y
Sánchez, de acuerdo al acta policial del día de los hechos. De acuerdo a la
evidencia colectada, la investigación policial de entonces fraguó el
procedimiento y su contraparte judicial llevada adelante por el exjuez federal
Martínez sólo acogió esta versión policial, lo que llevó a que dicte
resoluciones contrarias a la ley sin haberse realizado medidas conducentes a la
verdad de lo sucedido y a la determinación, enjuiciamiento y sanción de sus
autores.
A la fecha de su asesinato, Isauro Arancibia era Secretario General de ATEP
y ya antes había sido objeto de amenazas por parte de grupos paramilitares y
parapoliciales, como la Alianza Anticomunista Argentina (AAA).
De igual manera, para el MPF no existen dudas de que los hechos del caso
constituyen fusilamientos y no muertes en el marco de un “enfrentamiento”, como
presenta la defensa. Para ello, remarcaron que el material probatorio demuestra
que las muertes de los hermanos Arancibia fueron producto de una violenta
balacera y no en términos de un “enfrentamiento”.
Para el Ministerio Público Fiscal, la participación de Escalada, Ragonese y
Sánchez quedó probada con el acta del operativo policial incorporada a la causa,
donde figuran sus nombres junto a los de los demás agentes que intervinieron en
la violación de domicilio y el posterior asesinato de los hermanos Arancibia.
En su requerimiento de elevación a juicio, los fiscales también destacaron
que no hubo presencia ni actuación militar determinante en el lugar de los
hechos, posición adoptada por la defensa de los acusados en un intento de
eludir las responsabilidades penales del caso. De hecho, para los
representantes del MPF “son numerosos los elementos de prueba que indican justamente lo
contrario: la ausencia de las fuerzas militares en estos hechos criminales”.
En ese sentido, destacaron que en el acta cabecera del sumario policial
realizado en aquel momento surge que a las 05.10 de la mañana del 24 de marzo
de 1976 estaban en el lugar de los hechos el Jefe de Investigaciones y el
segundo jefe Comisario Principal con personal de investigaciones, sin hacer
ningún tipo de mención de presencia militar. En esa misma línea, también figura
allí una comunicación realizada al por entonces juez Martínez, donde sólo se
menciona como fuerzas intervinientes en estos hechos en forma exclusiva a
policías.
De igual manera, para el MPF no existen dudas de que los hechos del caso
constituyen fusilamientos y no muertes en el marco de un “enfrentamiento”, como
presenta la defensa.
Para ello, remarcaron que el material probatorio demuestra que las muertes
de los hermanos Arancibia fueron producto de una violenta balacera y no en
términos de un “enfrentamiento”. Los fiscales remarcaron que tampoco se le
realizó la autopsia al cadáver del sargento Fagioli para saber qué tipo de arma
produjo su deceso porque, de acuerdo al médico obrante, “no era necesario”, y
que de las armas que figuran secuestradas en el procedimiento de entonces, no puede
tenerse por probado siquiera que hayan existido dado que nunca fueron habidas. “Todo esto contribuye a sostener que las actuaciones policiales y
judiciales de marzo de 1976 no fueron más que una máscara (procedimientos
fraguados) para disfrazar la realidad de los fusilamientos realizados”,
agregaron.
Sobre la responsabilidad penal de Manlio Martínez
Sobre la responsabilidad penal del exjuez federal Manlio Martínez, los
fiscales Camuña y Brito sostuvieron que debe analizarse desde su actuación
judicial en el sumario policial e hicieron hincapié en que en ese documento se
ofrece la versión de los sucesos de la sede de ATEP dada por los propios
ejecutores de los asesinatos de los hermanos Arancibia con la teoría de un
enfrentamiento.
“A este ‘relato’ fáctico el ex juez
federal imputado Martínez adscribió sin más con total conformidad. Pese a lo
llamativo e improbable de la versión dada por entonces por la propia policía,
la causa judicial iniciada por Manlio Martínez no tomó en ningún momento un
rumbo orientado a determinar cómo sucedieron realmente los hechos y quiénes
fueron los responsables de los homicidios violentos”, sostuvieron.
En un primer momento,
el proceso había sido paralizado por una declaración prematura de falta de
mérito por parte del juez interviniente. Ante ello, el MPF ahondó en la investigación
y produjo una significativa cantidad de pruebas nuevas de gran complejidad y
completitud.
En esa línea, se
recibieron:
- cuatro declaraciones testimoniales
- se adjuntaron 14 fotografías de la época
- se adjuntó 1 proyectil recolectado por uno de los testigos en la escena del crimen.
- se realizaron autopsias por parte del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y el Equipo Argentino de Antropología Forense en las que se determinó que la causa de muerte de ambas víctimas fueron lesiones por proyectiles de armas de fuego en cabeza, tórax, abdomen y miembros inferiores.
- Gendarmería Nacional Argentina peritó los proyectiles extraídos de los cuerpos de los hermanos Arancibia y del aportado por el testigo (concluyendo que son de calibre 9 mm y 11.25 mm y pertenecen a armas cortas o de mano, armas utilizadas por la policía de Tucumán).
- se realizaron pericias caligráficas de las firmas insertas en el acta de la policía de Tucumán por parte del Laboratorio Científico y Pericias de la Agencia Regional Federal Tucumán de la Policía Federal Argentina de donde surgió, entre otras cuestiones, que las firmas de Escalada y Ragonese, insertas en el acta policial cabeza de esta investigación, les pertenecía a los respectivos imputados.
Fuente:
https://www.fiscales.gob.ar/