El Tribunal Oral Federal 2 dio a conocer los
fundamentos en base a los cuales condenó a la vicepresidenta Cristina Fernández
de Kirchner a seis años de prisión por presunta administración fraudulenta y la
absolvió junto a los demás acusados por el delito de asociación ilícita, al
término de un juicio en la llamada "Causa Vialidad", en el que
también fue inhabilitada para ejercer cargos públicos.
Con este paso procesal, comenzaron a correr los diez días
hábiles para las defensas y para la fiscalía en pos de apelar el veredicto ante
la Cámara Federal de Casación penal, aunque es un plazo que podría prorrogarse
si alguna de las partes lo pide, explicaron fuentes judiciales.
A lo largo de 1.616 carillas, los jueces Jorge
Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso consideraron que "lo
verdaderamente relevante para esta sentencia, en relación a los hechos materia
de juzgamiento, es evidenciar la reacción institucional -de manifiesta
connivencia y protección- de cuanto organismo estatal fuese necesario para
garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro
Antonio Báez", según los fundamentos a los que tuvo acceso Télam.
En cuanto al delito de asociación ilícita dos
de los integrantes del Tribunal , los jueces Jorge Gorini y Rodrigo Giménez
Uriburu, concluyeron que "no ha podido demostrarse" y en disidencia
sobre este punto votó el tercer magistrado Andrés Basso
En su
momento, Cristina Fernández de Kirchner denunció “la mafia judicial”
Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola habían pedido condenar a 12 años de prisión a la Vicepresidenta y al empresario Lázaro Báez teniendo en cuenta este delito que el TOF descartó. "Hemos llegado a la conclusión de que la premisa acusatoria respecto a esta figura penal parte de una hipótesis equivocada", advirtieron Gorini y Giménez Uriburu.
Los jueces evaluaron que
no se probó la existencia de una "pluralidad de planes delictivos
indeterminados y, en razón de la tesis fiscal vinculada a esa pluralidad, a la
cantidad de personas que habrían integrado la organización".
Además, en relación a la vinculación de la
causa Vialidad con otras dos en trámite, remarcaron que, "del cotejo de personas imputadas en las
causas Los Sauces y Hotesur con aquellas que lo fueron en autos, sólo Cristina
Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez coinciden dentro de la totalidad de
los aquí justiciables". Esto no se correspondería con el delito de
asociación ilícita que contempla el accionar de al menos tres personas en común.
Los jueces dieron por probado el delito de administración
fraudulenta de manera unánime en relación a lo ocurrido con el supuesto
favorecimiento a Báez con la adjudicación de 51 obras viales en Santa Cruz
entre 2003 y 2015.
Además, consideraron que existió una reunión en
Santa Cruz posterior a las elecciones del domingo 22 de noviembre de 2015,
entre "funcionarios y empresarios" de la cual dieron por probado que
participó la entonces presidenta de la Nación, pese a que su defensa lo negó
durante el juicio oral.
"Lo primordial es que las vastas pruebas
reseñadas demuestran con suficiencia que en el transcurso de la semana que
siguió a las elecciones del domingo 22 de noviembre de 2015, Lázaro Antonio
Báez y Fernández de Kirchner, con la asistencia de Julio Mendoza, José
Francisco López y, en menor medida, Nelson Guillermo Periotti y José Raúl
Santibáñez coordinaron e implementaron el cese ejecutivo de la maniobra
criminal", sostuvieron en los fundamentos.
Los jueces condenaron a la vicepresidenta a
seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos
públicos como "autora penalmente responsable del delito de administración
fraudulenta en perjuicio de la administración pública". Lázaro Báez, dueño
de la empresa "Austral Construcciones", recibió la misma pena por el
mismo delito en calidad de partícipe necesario.
También
quedaron condenados a seis años de cárcel el extitular de Vialidad Nacional en
ese período Nelson Periotti y el ex secretario de Obra Pública José López. reclamo
de nuestros dere
Exfuncionarios
de Vialidad nacional y de la provincia de Santa Cruz recibieron penas de entre
4 y 5 años de prisión mientras que todos los acusados fueron absueltos por el
delito de asociación ilícita.
El Tribunal dispuso el decomiso actualizado si
la sentencia queda firme de 84.835.277.378,04 millones de pesos, suma
considerada producto del delito.
Fuente: Telam