Difundieron los datos que deberán presentar quienes quieran mantener el subsidio en sus facturas.
Una disposición de la Subsecretaría de Planeamiento Energético publicada en el Boletín Oficial detalla 16 ítems que deberán completar de forma on line o presencial quienes quieran mantener ese beneficio. Incluyen datos de identidad, socioeconómicos, situación laboral y de los servicios.
El Gobierno nacional difundió este jueves los datos que los usuarios de
gas y electricidad deberán completar en breve para solicitar la continuidad del
subsidio a sus facturas energéticas, como parte de la política de
segmentación que diferenciará de acuerdo a los niveles de ingresos y por la
cual el 90% de los hogares podrán mantener el beneficio.
Así se dio a conocer mediante la disposición 1/2022 de la Subsecretaría
de Planeamiento Energético del Ministerio de Economía, publicada este
miércoles en el Boletín Oficial, en la que se formalizó el contenido de la
declaración jurada que deberán presentar los usuarios para conformar el
Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE).
Este registro será habilitado en breve a través de la plataforma www.argentina.gob.ar y
su gestión quedó bajo la órbita de la Subsecretaría de Planeamiento Energético,
que conduce Santiago López Osornio, luego de que la Secretaría de Energía le
delegara esta semana ese instrumento.
En el anexo de la medida se precisa que "la base de datos es
informatizada" y que su estructura estará conformada por "al
menos" dieciséis ítems, los cuales podrán ser completados por la
persona de manera on line o de manera presencial en organismos habilitados para
tal fin.
Estos datos son el Documento Nacional de Identidad, el número de
trámite del DNI, nombre, apellido, CUIL, género, fecha de nacimiento, datos socioeconómicos,
situación laboral, datos de contacto, domicilio declarado por el usuario,
código postal, relación con el domicilio, datos del servicio de luz, datos del
servicio de gas y datos del grupo conviviente.
A este registro se deberán inscribir todas las personas que aspiren a mantener
el subsidio, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión o son
beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo,
Progresar y Potenciar Trabajo.
En el caso de las personas que no tiene la factura a su nombre, podrán realizar
la solicitud como usuario de los servicios indicando que no es la persona
titular. Por lo tanto, también las familias que alquilen o residan en una
propiedad que no les pertenece van a recibir el subsidio como usuaria de los
servicios.
Finalmente, también se contempla que si una persona tiene más de un medidor a
su nombre se subsidiará solo el servicio del domicilio en donde declare
residencia.
Cómo se segmentan las tarifas
La segmentación tarifaria fue establecida en el Decreto 332/2022 del 16
de junio y estableció los parámetros para determinar la pertenencia a
los tres niveles fijados en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional
(FMI), mediante un esquema que tiene como principal objetivo alcanzar tarifas
razonables y justas para el valor de la energía.
En el caso del segmento de ingresos altos, alrededor del 10% del total
alcanzado, son hogares que declaran reunir ingresos mensuales totales del
hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar
tipo 2 según el INDEC), o tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5
años, 3 o más inmuebles, una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de
activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
En consecuencia, por su capacidad económica, estos hogares de ingresos
altos tendrán una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales
hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.
Para ser considerados sectores de ingresos medios, se debe cumplir
alguna de las condiciones referidas a ingresos mensuales totales entre
$99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según
INDEC), con excepción para hogares con un conviviente con Certificado
Único de Discapacidad.
También se contempla si el titular posee hasta 2 inmuebles, un vehículo
con menos de 3 años de antigüedad, con la misma excepción para conviviente
con certificado de discapacidad.
Finalmente, para el segmento de menores ingresos se considerarán los
hogares con ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total
para un hogar tipo 2 según INDEC), que no poseen 1 vehículo con menos de 3 años
de antigüedad, hasta 1 inmueble, con excepción para aquellos con conviviente
con certificado de discapacidad.
También serán incluidos aquellos con un integrante con Certificado de Vivienda
expedido por el Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP), o que posea
Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, o aquellos
domicilios en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en
el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones
de la Sociedad Civil (Renacom).
En la actualidad, el Estado cubre, en promedio, más del 70% del costo
de la energía que llega a los hogares, y hasta la implementación de
este nuevo esquema aplicado hasta junio de 2022, el subsidio alcanzaba a los
sectores de mayores ingresos.
Así, la nueva propuesta de segmentación tiene como objetivo asignar los
subsidios a la energía según la capacidad económica de los hogares, manteniendo
los subsidios en aquellos con ingresos bajos y medios que requieren de la
asistencia estatal para pagar sus boletas de luz y gas.
Fuente:
Telam