Habrá tiempo hasta el 31 de mayo de este año, con modificaciones respecto al mes anterior.
El subdirector de Rentas, Juan Fernández, explicó: “Mediante decreto del Poder Ejecutivo se prorrogó el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales. El nuevo plazo es hasta el 31 de mayo de este año, con modificaciones respecto al mes anterior”.
En este sentido, Fernández amplió: “Se podrán regularizar las deudas
vencidas y exigibles hasta el 31 de diciembre de 2021. Comprende los Impuestos
sobre los Ingresos Brutos, Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, Cisi-Comunas
Rurales, Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua, y la Tasa
Retributiva de Servicios, así como sus intereses, recargos y multas. La
operatoria se realiza a través de la página Web de la DGR y mediante el uso de
la clave fiscal otorgada por la AFIP”.
Para acceder a los planes de facilidades de pago, dijo, es necesario “tener
cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a
partir del 1 de enero de este año. Es decir los anticipos 12/21 y
1-2-3-4/22 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública y
las cuotas 1-2-3-4-5/22 de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y
Rodados.
Beneficios Reducción de Intereses
• 100% de los intereses
devengados con anterioridad al 31 de diciembre del 2019.
• 70% por pago total de los
planes.
60% si el pago se efectúa en pagos parciales hasta febrero de 2023.
• 50% para el resto de los
casos.
El primer vencimiento de los planes que entren en mayo opera el 15 de
junio.
Cómo impactó la pandemia en la recaudación
Hasta el momento, “Rentas viene recaudando de acuerdo a las pautas
presupuestarias asignadas oportunamente”, aseguró Fernández.
Atención al Público
Felipe Carrizo, subjefe del Departamento Técnico Tributario de Rentas, explicó: “La
atención al contribuyente, teniendo en cuenta la pandemia, se ha volcado
masivamente a las plataformas Web para emisión de boletas y pagos. El
contribuyente, utilizando Clave Fiscal de AFIP, puede realizar todos los
trámites relacionados con tributos provinciales”.
En los casos donde el contribuyente no pueda realizar trámites por la Web,
se encuentran disponibles los correos electrónicos y los números telefónicos de
la Dirección General de Rentas para realizar consultas o solicitar
asesoramiento. No obstante, para quienes necesitan una atención presencial, se
puede acceder a un turno comunicándose previamente con el Departamento
Recaudación.