
La Cámara federal desestimó el pedido de la defensa del expresidente para apartar al magistrado. Ahora, el titular del juzgado de Dolores está en condiciones de definir la situación procesal de Macri.
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó al juez interino de Dolores, Martín Bava, al frente de la causa en la que está imputado el expresidente Mauricio Macri por supuesto espionaje ilegal a los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan, que se hundió en noviembre de 2017 con 44 tripulantes a bordo.
Con esta decisión, el juez Bava está en condiciones de definir la
situación procesal de Macri a quien ya indagó, bajo la acusación de
haber promovido las maniobras de espionaje ilegal que habrían tenido como
víctimas a los familiares de los tripulantes del submarino hundido.
El tribunal de apelaciones resolvió “no hacer lugar” a la segunda
recusación presentada por la defensa del exmandatario que había
acusado al juez de actuar con motivaciones políticas y de ser parcial por haber
llamado a indagatoria a Macri sin solicitar primero que le fuera levantado el
deber de confidencialidad.
Los camaristas Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza ratificaron a Bava y concluyeron que no se advierte "algún motivo que pudiera generar temor de parcialidad o dependencia en los procedimientos, pasos y decisiones tomadas por el juez de la causa"; mientras que el juez Santiago Martín no firmó el fallo porque se encuentra de licencia.
“Carece de asidero sostener un ´temor de parcialidad y ausencia de independencia´, cuando lo que tenemos ante nosotros es la actuación de un magistrado que resuelve en favor del pedido de las partes (Defensa y Fiscal), fundado en el solo hecho de resguardar el derecho de defensa en juicio y con el objeto de evitar futuros planteos nulificantes de las partes, conforme fuera allí consignado”, sostuvieron los camaristas en el fallo al que accedió Télam.
El abogado de Macri había presentado como prueba el video de la
audiencia suspendida, pero los jueces que lo revisaron señalaron que no
se advierte allí ningún elemento que no hubiera sido consignado en el acta de
la indagatoria fallida en la que estaba claro que el juez consideraba
que no hacía falta que al exmandatario se lo relevara del deber de
confidencialidad pero que accedía al pedido para garantizar el derecho a la
defensa invocado por esa parte.
Lanusse había planteado también que cuando el juez dejó asentado que
accedió al pedido de suspender la audiencia para dar curso al planteo de la
defensa de Macri lo hizo para evitar futuros “cuestionamientos infundados” lo
que para el imputado significaba el delante de la opinión sobre planteos aún
desconocidos.
La justicia investiga si Macri utilizó a la AFI para conocer de antemano
los reclamos que le harían los familiares de las víctimas.
“Más allá de la opinión que las partes pudiesen verter sobre los aspectos
técnicos jurídicos de la terminología empleada, tampoco puede ser
considerado como un prejuzgamiento basado en ´ambigüedades que no solo
son deductivas, sino fantasiosas y prejuiciosas en perjuicio del debido proceso
y la defensa en juicio´, ni pueden ser atisbo de tan severo juicio o menoscabo
alguno a la libertad que tiene el Dr. Lanusse, para escoger según su buen
criterio procesal”, sostuvieron los camaristas.
“No advertimos causales sobrevinientes al anterior rechazo de la recusación
intentada por esta misma parte, siendo que de esas labores judiciales no se
pudo evidenciar o traslucir parcialidad o dependencia alguna, tanto en la
celebración de la audiencia cuestionada, como en el trámite del pedido de
relevamiento del secreto al ex Presidente”, enfatizaron los jueces.
En el mismo fallo de 11 páginas, de todas formas, los camaristas
señalaron que advierten “con cierto grado de preocupación, la adopción
de algunas decisiones conductuales durante el transcurso del proceso, que
cuestionadas por su desprolijidad -y que en definitiva fueron subsanadas-,
deberán en lo sucesivo ser evitadas por el juez de grado a los fines
de garantizar la buena marcha del mismo, teniendo en particular consideración
el contexto en que se producen y las repercusiones institucionales que cada una
de esas decisiones adoptadas conlleva”.
Fuente: Telam