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Hidrovía del Paraná |
El pedido busca conocer qué intervención tuvo el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el proceso de conformación de los pliegos para la cuestionada obra.
La Asociación
Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA) y OIKOS Red
Ambiental ingresaron el pasado viernes un pedido de acceso a la
información pública ambiental al Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible.
La solicitud apunta a conocer qué
intervención tuvo o ha tenido la cartera que conduce Juan Cabandié en
el actual proceso de conformación de los pliegos para la licitación de la
ampliación, dragado y profundización de la denominada Hidrovía en el río Paraná.
“Como será de conocimiento del señor ministro
y su equipo, la historia del proceso social y político del proyecto en pleno
desarrollo recibió serias objeciones y denuncias de todo tipo, sociales como
judiciales, y particularmente de los órganos de control del propio Estado
Nacional (Defensor del Pueblo, SIGEN, Oficina Anticorrupción, Auditoría General
de la Nación)”, señala la presentación firmada por ambas organizaciones.
Asimismo, manifiestan que “la ausencia
del Ministerio, ex Secretaría de Ambiente, previo a su responsabilidad, en el
proceso Hidrovía Paraguay Paraná, ha sido grave y llamativa”. “Salvo honrosas
excepciones, la negación y el silencio, fue lo constante”, advierten.
Para las organizaciones, la cartera que
conduce Cabandié “logró sostener y sistematizar intervenciones en los procesos
de diseño de los términos de referencia de las licitaciones producidas, sin
tener en consideración las delicadas competencias del mismo, en todo lo
relacionado a los humedales y sus ecosistemas asociados, ríos y las enormes
sinergias existentes”.
“Los recientes hechos de mega incendios, en
los sistemas insulares de los dos ríos que nos ocupan, sus canalizaciones,
terraplanados, bajante del río así lo prueban”, argumentan.
Derecho a la información
La organización de abogados fundamentó su
pedido en la Ley General del Ambiente, en la Ley Nacional sobre el Régimen de
Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, en la Convención Americana
sobre los Derechos Humanos, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos
y en la Constitución Nacional.
También aluden al Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la
Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, más conocido
como Acuerdo de Escazú. Ese tratado internacional define protocolos
para la protección del ambiente y la participación ciudadana. El 24 de
septiembre pasado, Argentina se convirtió en el décimo país en ratificar su
vinculación a este acuerdo regional.
“Como puede observarse del análisis de la
legislación mencionada, el ciudadano goza del derecho al acceso a la
información que compromete el medio ambiente y su calidad de vida, y debe
garantizarse la posibilidad de que participe y controle las decisiones que se
toman al respecto”, indican los abogados firmantes.
“Todo ello fundamenta que la información
ambiental constituye uno de los pilares fundamentales para llevar a cabo una
adecuada gestión ambiental, y resulta indispensable para evaluar el resultado
de las políticas implementadas y apreciar las previstas tanto para el largo
como para el mediano plazo”, sostienen.
“La falta de información atenta contra cualquier
posibilidad de participación en políticas públicas por parte del ciudadano, por
lo que el acceso oportuno a la información pública es indispensable para la
participación ciudadana, derecho fundado en uno de los pilares del sistema
republicano de gobierno que es el de publicidad de los actos de gobierno y la
transparencia de la administración”, fundamentan.
El pedido
En concreto, la Asociación Argentina de
Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA) y OIKOS Red Ambiental reclaman:
1. Se sirva informar sobre si el Ministerio
de Ambiente venía sosteniendo reuniones de trabajo o manteniendo espacios
sinérgicos con el Ministerio de Transporte de la Nación a los efectos de
coordinar y acordar estudios de impacto ambiental en función de los diversos
proyectos vinculados a los objetivos del Decreto Nacional 949 ya identificado y
previo a su dictado, como así mismo la modalidad a seguir para la evaluación de
los mismos.
2. En igual sentido, si existe un equipo
interdisciplinario o transdisciplinario a los efectos de trabajar en la
estructuración y contenidos de los Pliegos Licitatorios expuestos en el Decreto
949 a los efectos de considerar, prever, evaluar, y anticipar el conjunto más
amplio e inclusivo de potenciales impactos socio-ambientales, como acumulativos
en función de los objetivos metas de la Licitación en construcción o
licitaciones, conforme cada tramo.
En esta inteligencia solicitamos se nos
informe si el área responsable -dentro del Organigrama del nuevo Ministerio- de
gestionar política y técnicamente el desarrollo o procesos EIA-EAE, es la
Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación.
3. Informe en caso de respuesta positiva, qué
funcionarios y profesionales de carrera integran o conforman el equipo completo
responsable del seguimiento y participación en el presente proceso de los
Términos de Referencia, previo a la o las licitaciones aquí señaladas, en
particular los representantes profesionales y políticos del Ministerio a su
cargo.
4. En razón de ser los recursos naturales del
dominio público de las Provincias, solicitamos se nos informe cómo se prevé la
participación de las áreas ambientales competentes Provinciales y Municipales,
a los mismos efectos preventivos y precautorios aquí señalados precedentemente
y en la etapa previa al armado y desarrollo de los Términos de Referencia y
estudios a desarrollar en razón de los principios ambientales sustantivos ya
enunciados, más todos los que conforman las bases liminares del derecho
ambiental constitucional Argentino.
5. Toda otra información sobre la materia que
Ud. considere relevante.
A licitación
El pasado 28 de agosto, se firmó en Santa Fe
la creación de la Administradora Federal Hidrovía Sociedad del Estado, que
implicaba la generación de una nueva empresa estatal con un 51% de
participación por parte del Estado Nacional y un 49% divido en siete provincias
(Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe)
para controlar los procesos de licitación y llevar adelante obras
complementarias y accesorias a la hidrovía.
Sin embargo, en noviembre, el Decreto
Nacional 949/2020 -que delegaba en el Ministerio de Transporte las tareas
de licitación- despertó alertas sobre la posibilidad de nuevas concesiones
a empresas privadas de la vía fluvial. Incluso dentro del frente político del
gobierno nacional hubo resquemores: Jorge Taiana presentó en el Senado un
pedido de informes sobre la concesión de la hidrovía.
“Todos se agarran de
un decreto donde yo he delegado en el Ministerio la tarea de llevar adelante la
licitación. Yo quiero aclarar que el presidente de la Nación no hace ninguna
licitación, ninguna. Los presidentes no participamos en la realización de
licitaciones”, dijo en los últimos días Alberto Fernández a Página/12. “Lo que
sí está claro es que hay una decisión política y es que la hidrovía se licite y
se haga una nueva concesión. Nadie está pensando en prorrogar la concesión que
existe”, afirmó el presidente.
La nueva licitación en gestación se proyecta
“la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de
señalización y tareas de dragado y mantenimiento de la vía navegable troncal
comprendida entre el km 1.238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia,
hasta la zona denominada de Aguas Profundas Naturales, en el Río de la Plata exterior,
hasta la altura del km 239,1 del Canal Punta Indio”, conforme el decreto
presidencial.
Fuente: https://agenciatierraviva.com.ar