El juez federal Walter Lara Correa, rechazó la medida cautelar solicitada por Telecom Argentina en contra del decreto 690/20 que (entre otras medidas) limita el aumento arbitrario de las tarifas de telecomunicaciones.
La medida establece la suspensión del
incremento de precios: «las prestadoras fijarán sus precios, los que deben ser
justos y razonables y que la suspensión de aumentos sólo tiene lugar en el
marco de emergencia actual por el Decreto Nº 260/20 y hasta dicha fecha».
En los fundamentos del fallo, el juez
explicó: “que los servicios de las tecnologías de la información y las
comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre
licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC son servicios públicos
esenciales y estratégicos en competencia y que la autoridad de aplicación
garantizará su efectiva disponibilidad (v. art. 1º del Dec. Nº690/20)».
La finalidad del fallo mencionado junto con
las resoluciones del ENACOM Nros. 1466 y 1467 es «la protección del ejercicio
de publicar ideas; de profesar libremente el culto; de enseñar y aprender;
contectar, comunicar -entre otros derechos-, es decir garantizar los derechos
humanos».