Megacausa 14: Los fiscales pidieron la
imposición de prisión perpetua para 19 imputados y penas de entre 10 y 25 años
de prisión para el resto. Se juzgan los casos de 335 víctimas.
El fiscal general subrogante Pablo Camuña y
el auxiliar fiscal Agustín Chit concluyeron ayer, tras dos jornadas de
exposición, el alegato en el juicio oral de la "Megacausa N°14" con
pedidos de penas para los 24 acusados y para la acusada: solicitaron la
imposición de pena de prisión perpetua para 19 de ellos y seis penas
mensurables de entre 10 y 25 años de prisión.
En el petitorio final, los fiscales
requirieron que, al momento de dictar sentencia, el tribunal declare que los
crímenes en perjuicio de las 335 víctimas que forman parte del objeto procesal
fueron crímenes de lesa humanidad y que también "declare como garantía de
no repetición que en la provincia de Tucumán, durante la implementación del
Operativo Independencia, no existió guerra, ni un conflicto armado interno en
los términos del derecho internacional humanitario".
Los fiscales pidieron la imposición de penas
de prisión perpetua para Ernesto Alejandro Repossi, Julio Luis Teodomiro
Bidone, Juan Antonio Garibotte, Juan Francisco Nougues Fernando Torres, Luis
Orlando Varela, Ramón Alfredo Ojeda Fuentes, Adolfo Ernesto Moore, Alberto
Montes De Oca, José Carlos Sowinski, Celso Alberto Barraza, Ernesto Rivero,
Félix Insaurralde, Hugo Javier Figueroa, Rolando Reyes Quintana, Guillermo
Agustín Ugarte, Miguel Ángel Horlando Chaile, Luis Armando De Cándido, Ángel
Custodio Moreno y Ricardo Oscar Sánchez.
En todos los casos solicitaron que además se
imponga la inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas.
En tanto, requirieron la condena de Benito
Palomo y Carlos Alberto Lafuente a 25 años de prisión; de Hugo Enzo Soto a la
pena de 15 años de prisión; de Pedro Osvaldo Caballero, a 11 años de prisión; y
de María Luisa Acosta de Barraza a 10 años de prisión, como partícipes de
diferentes hechos.
Pidieron que el tribunal declare como "garantía de
no repetición" que durante el Operativo Independencia "no existió
guerra, ni un conflicto armado interno en los términos del derecho
internacional humanitario".
Un
solo plan
En el juicio se juzgan graves y masivas
violaciones a los derechos humanos perpetradas en la provincia de Tucumán entre
febrero de 1975 y julio de 1977, investigadas en cinco causas que en esta
instancia fueron unificadas.
En su alegato la fiscalía sostuvo que en ese
territorio existió un solo “plan criminal" puesto en marcha desde febrero
de 1975, con el inicio del Operativo Independencia, y que continuó luego del
golpe de Estado, sin cambios sustanciales en las modalidades delictivas. Camuña
aseguró: "No hay diferencia; no puede haber una diferencia ni
criminológica ni dogmática, ni típica, entre unos y otros hechos. Es un solo
aparato criminal que comienza a implementarse en febrero de 1975 y sigue hasta
mediados de 1977, fecha del último de los hechos tratados en este juicio".
El debate, que inició el 9 de diciembre
pasado, se nutrió de prueba producida durante su transcurso y también de otra
desarrollada en dos megacausas que lo precedieron: “Operativo
Independencia” y “Arsenales
II- Jefatura II”. Los elementos probatorios fueron incorporadas conforme a
las reglas de la Acordada 1/12 de la Cámára Federal de Casación Penal. Esto
implicó la inserción de alrededor de mil testimonios, doce inspecciones
oculares realizadas a diferentes centros clandestinos de detención, y abundante
prueba pericial respecto de la localización de las fosas comunes usadas para la
inhumación clandestina de las víctimas de desaparición forzada, y la
recuperación e identificación de sus restos óseos.
En virtud de la amplitud temporal de los
hechos bajo juzgamiento, los fiscales desarrollaron su alegato marcando las
continuidades en el esquema represivo desde febrero de 1975, dividiendo los
hechos en tres grupos de víctimas. Los casos del primer grupo fueron expuestos
marcando el tinte territorial del esquema represivo que se puso en marcha en
febrero de 1975. En tal sentido, los representantes del MPF señalaron el rol
que tuvieron en él las bases militares instaladas en la provincia.
Unos mil testimonios y prueba documental
producidos en otros juicios fueron incorporados al proceso conforme a las
reglas de la Acordada 1/12 de la Cámara Federal de Casación Penal.
Un segundo grupo de casos, indicaron, fueron
ejecutados entre diciembre de 1975 y marzo de 1976 y marcaron la transición
desde el cierre del CCD de la Escuelita de Famaillá y su traslado sucesivo a
los CCD Motel, Escuela de Educación Física y Reformatorio.
El tercer grupo de casos descripto por la
fiscalía se condice con una tercera etapa, que se consolida a mediados de julio
de 1976, con la puesta en marcha del CCD "Arsenales". En este último
momento tanto Arsenales como el
Pozo de Vargas fueron utilizados como lugar de disposición final para la
desaparición de personas. Camuña y Chit hicieron hincapié finalmente en que la
Jefatura de Policía funcionó como un CCD desde el Operativo Independencia y se
mantuvo como tal hasta su desmantelamiento a fines de 1977.
Víctimas
y victimarios
El proceso incluye 333 casos que ya tuvieron
pronunciamientos anteriores por el Tribunal Oral Federal de Tucumán respecto de
otros acusados. Los casos de Dardo Francisco Molina y de Osvaldo Muñoz,
desaparecidos, llegaron por primera vez a la instancia de juicio oral.
Del total, 264 víctimas sufrieron crímenes
contra la humanidad durante el Operativo Independencia, es decir entre febrero
de 1975 y el 24 de marzo de 1976. Por esos hechos se encuentran en juicio los
segundos jefes de unidades militares de Tartagal, Jujuy y Mendoza. Se trata de
Ernesto Alejandro Repossi, Julio Luis Teodomiro Bidone y Juan Antonio
Garibotte, quienes tuvieron a su cargo tres de las bases militares que se
instalaron en Tucumán.
También se juzga a los oficiales de
inteligencia del Destacamento de Inteligencia 142 de Tucumán Luis Orlando
Varela y Fernando Torres, y a los integrantes de destacamentos móviles de
Gendarmería Nacional Alberto Montes de Oca, José Carlos Sowisky y Celso Alberto
Barraza. Ambos grupos se encuentran imputados por sus roles en el CCD Escuelita
de Famaillá.
En tanto, los y la ex integrante de la
Policía de Tucumán, que operaron el CCD Jefatura de Policía y se encuentran
sometidos a juicio, son Miguel Angel Chaile, Guillermo Agustín Ugarte, Hugo
Javier Figueroa, Felix Insaurralde, Rolando Reyes Quintana y María Luisa Acosta
de Barraza.
Además se juzga a Hugo Enzo Soto, quien tuvo
a su cargo la Compañía de Arsenales N°5, dependiente de la V Brigada.
Otro grupo de casos tienen por imputado a
Juan Francisco Nougues, ex militar, quien se desempeñó como subjefe de Policía
de Tucumán durante 1976: está acusado por 47 hechos de personas que fueron
mantenidas en cautiverio en el CCD Jefatura de Policía, todos ocurridos luego
del 24 de marzo de 1976.
En tanto, Benito Palomo y Carlos Lafuente, ex
miembros de la Gendarmería Nacional, concurrieron al debate imputados por 22
hechos de personas que estuvieron secuestradas en los CCD Reformatorio y
Arsenales.
Fuente: https://www.fiscales.gob.ar